La deducción en IRPF de las rentas de alquiler

Referencia Informativa #8 👥 I. Bañez R. Trigo
Cada comunidad autónoma dispone las deducciones que los inquilinos pueden practicar de las rentas de alquiler abonadas. En la Comunidad de Madrid está prevista una deducción para arrendatarios menores de 35 años por alquiler de vivienda. También podrá aplicarse la deducción en el tramo de 35-40 años siempre que el inquilino se haya encontrado al menos 183 días en situación de desempleo y tenga cargas familiares. La desgravación puede ser de hasta un 30% del alquiler con un máximo de 1.000,00 €. Es requisito indispensable que la suma de la base imponible general y del ahorro no supere la cantidad de 25.620 € en tributación individual ni los 36.200,00 € en tributación conjunta.

©2026 - Asesoría Legal CyAA-Abogados