Documentación a obtener en caso de herencia intestada
Referencia Informativa #1
👥
I. Bañez
R. Trigo
La documentación en caso de fallecimiento con y sin testamento es la misma salvo en lo que concierne a la inexistencia de disposiciones testamentarias.
En general, siempre es necesario obtener:
- Certificado de defunción.
- Certificado de últimas voluntades.
- Certificado de seguros.
- DNI del fallecido.
Es el certificado de últimas voluntades el que informa sobre la existencia o no de testamento y se solicita en el Registro de Últimas Voluntades, adscrito al Ministerio de Justicia. En caso de inexistencia, es imprescindible para aceptar formalmente la herencia llevar a cabo lo que se conoce como declaración de herederos. El trámite ha de realizarse por persona directamente beneficiaria de la herencia, en notaría y será necesario aportar el certificado de defunción y el de últimas voluntades. También el libro de familia, certificados de matrimonio o nacimiento o cualquier otra que acredite la condición de heredero. Además, en el momento de la firma, será también necesario aportar dos testigos que hayan tenido conocimiento directo del fallecido y que puedan acreditar tanto la condición del heredero como la inexistencia de otros herederos distintos de los que solicitan la declaración.